Notas ambientales Nº1
- Loreto Madrid

- 29 abr
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DESALADORAS EN EL SEIA

Cuatro aprendizajes del SEIA 2013–2026 para la gestión de proyectos de desalinización
El análisis sistemático realizado por el equipo de Green Business sobre 18 proyectos de desalinización evaluados en el SEIA chileno entre 2013 y 2026, cuya cartera total declarada asciende a USD 11.387 millones, ofrece patrones que pueden enriquecer la planificación regulatoria de futuros proyectos.
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Medio humano y consulta indígena: una dimensión clave en los plazos de tramitación
De los 18 proyectos de desalinización evaluados en el SEIA chileno entre 2013 y 2026, 14 de ellos indican que los ejes de medio humano y consulta indígena (Art. 86 RSEIA) tienden a permanecer activos durante todo el proceso de evaluación ambiental superando otros ejes temáticos inherentes a este tipo de proyectos. Cuando el evaluador del SEIA levanta observaciones sobre estas materias en la primera iteración, generalmente requieren más de una Adenda para alcanzar un cierre satisfactorio. La tasa de persistencia [persistentes / (persistentes + resueltos)] de este tipo de observaciones es de un 100%.
¿A qué se debe esto? Para resolver una observación sobre afectación a comunidades, se requiere caracterizar relaciones territoriales, vínculos culturales, y dinámicas socioeconómicas que admiten múltiples niveles de profundización. El evaluador puede siempre solicitar mayor caracterización, mejor metodología participativa, datos secundarios actualizados, o nuevos rounds de relacionamiento. La cota técnica del cierre es estructuralmente más alta. Además, las Guías SEA 2020 sobre Área de Influencia y Sistemas de Vida son orientadoras pero admiten interpretación. Esta indeterminación favorece la persistencia: cualquier respuesta del titular puede recibir como contra-observación una nueva exigencia de afinamiento.
Cuando el primer ICSARA contiene observaciones de medio humano o indígenas, conviene calendarizar al menos 6 a 12 meses de extensión de la tramitación e incorporar estos plazos a la planificación financiera del proyecto.
¿EIA o DIA?
La sentencia de la Corte Suprema del 19 de agosto de 2021 (Tercera Sala, redacción Min. Muñoz) consolidó un test que es útil tener presente al definir el instrumento de ingreso al SEIA.
Conforme a esta doctrina, una DIA puede resultar insuficiente cuando convergen tres elementos: (i) la posibilidad razonable de impactos del Art. 11 de la Ley 19.300 sobre recursos naturales sensibles; (ii) la ausencia de norma primaria nacional aplicable; y (iii) la superación acreditada de estándares referenciales aceptados por la propia autoridad —típicamente la norma española del 10% de exceso salino o la australiana del 5%—. Cuando estos tres elementos se verifican simultáneamente, la doctrina sugiere que el proyecto debiera tramitarse mediante un Estudio de Impacto Ambiental.
En la fase de prefactibilidad, conviene verificar si el proyecto puede demostrar el cumplimiento de los estándares referenciales (10% España, 5% Australia) en el campo cercano del difusor. Cuando la modelación de pluma sugiere superación incluso en escenarios favorables, optar por la vía EIA desde el inicio reduce significativamente la incertidumbre regulatoria posterior.
Estándar técnico referencial ¿proyecto a proyecto?
![]() | Diez de los 31 documentos analizados invocan explícitamente normativa internacional como referencia técnica: la norma EPA estadounidense sobre velocidad de succión, la norma española del 10% de exceso salino, la norma australiana del 5%, o el estudio FIPA 2016-53 sobre adultos equivalentes. Esta práctica es justificada —la propia Corte Suprema la validó al sentenciar el Rol 22.356-2021—, pero los criterios invocados por el evaluador varían entre regiones y entre proyectos del mismo territorio. Un EIA en una región del extremo norte del país concentró cuatro invocaciones a la norma EPA en un solo ICSARA; un EIA contemporáneo en otra región de la zona central invocó preferentemente la norma australiana. |
Esta variabilidad refleja la ausencia de estándares comunes sobre vertido de salmuera y captación de agua de mar, y configura un margen de criterio técnico que conviene mapear antes de definir el diseño del proyecto.
Dimensionar el diseño técnico —velocidad de succión del difusor, modelación de pluma salina, cuantificación de adultos equivalentes— al estándar más exigente entre los referidos en el territorio reduce el riesgo de tener que ajustar el proyecto durante la evaluación.
La duración del proceso no anticipa por sí sola su resultado.
De los casos analizados, dos tuvieron un desenlace adverso —un EIA rechazado en la Región de Atacama y una DIA cuya RCA fue revocada por vía judicial en la Región de Valparaíso— ambos registraron duraciones de evaluación superiores a la mediana de los proyectos aprobados (553 y 530 días respectivamente, frente a una mediana de 408 días para los aprobados).
Estos casos sugieren que el riesgo de un desenlace adverso no necesariamente se manifiesta en plazos cortos; puede materializarse después de procesos prolongados con múltiples iteraciones.
La señal temprana, en estos casos, suele estar más en el contenido sustantivo de las observaciones que en su frecuencia o el tiempo transcurrido.



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